En JuanUnoA sabemos lo importante que es para ti contar con un aliado que además de apoyarte en los procesos de seguridad social también te brinde información útil y relevante, por ello el día de hoy queremos instruirte con datos importantes sobre la licencia de paternidad.
En esta nota te contaremos de qué se trata y cuáles son los requisitos para acceder a este beneficio
La licencia de paternidad es aquella en la cual el padre cuenta con un tiempo remunerado por el nacimiento o adopción de su hijo. El 29 de julio del 2021 fue expedida la Ley 2114 y ésta amplió la licencia a 14 días.
¿Qué es la licencia parental compartida?
Permite que los padres se distribuyan entre sí las últimas 6 semanas de la licencia de la madre, de manera independiente al permiso de lactancia. Esta licencia parental compartida se contará a partir de la fecha del nacimiento o adopción del hijo. Sí los padres desean tomar esta opción deberán tener en cuenta lo siguiente:
- El tiempo de licencia parental compartida se contará a partir de la fecha del parto. Salvo que el médico tratante haya determinado que la madre deba tomar entre una o dos (2) semanas de licencia previas a la fecha probable del parto o por determinación de la madre.
- La madre deberá tomar como mínimo las primeras doce (12) semanas después del parto, las cuales serán intransferibles. Las restantes seis (6) semanas podrán ser distribuidas entre la madre y el padre, de común acuerdo entre los dos. El tiempo de licencia del padre no podrá ser recortado en aplicación de esta figura.
- En ningún caso se podrán fragmentar, intercalar ni tomar de manera simultánea los períodos de licencia salvo por enfermedad posparto de la madre, debidamente certificada por el médico.
- La licencia parental compartida será remunerada con base en el salario de quien disfrute de la licencia por el período correspondiente. Su pago está a cargo del respectivo empleador o EPS, acorde con la normatividad vigente.
Requisitos que deben cumplir
- Presentar el registro civil de nacimiento a la EPS dentro de los 30 días siguientes a la fecha de nacimiento del menor.
- Debe existir mutuo acuerdo entre los padres acerca de la distribución de las semanas de licencia. Ambos padres deberán realizar un documento firmado explicando la distribución acordada y presentarla ante sus empleadores, en un término de treinta (30) días contados a partir del nacimiento del menor.
- Certificado médico, en el cual debe constar lo siguiente:
- El estado de embarazo de la mujer; o una constancia del nacimiento del menor.
- La indicación del día probable del parto, o la fecha del nacimiento del menor.
- La indicación del día desde el cual empezarían las licencias de cada uno.
¿De qué trata la licencia parental flexible de tiempo parcial?
La madre y el padre pueden cambiar un periodo su licencia de maternidad o de paternidad por un período de trabajo de medio tiempo, equivalente al doble del tiempo correspondiente al período de tiempo seleccionado:
- Los padres podrán usar esta figura antes de la semana dos (2) de su licencia de paternidad; las madres, a no antes de la semana trece (13) de su licencia de maternidad.
- El tiempo parcial se contará a partir de la fecha del parto. Los periodos seleccionados para la licencia parental flexible no podrán interrumpirse, deberán ser continuos, salvo aquellos casos en que medie acuerdo entre el empleador y el trabajador.
- La licencia parental flexible de tiempo parcial será remunerada con base en el salario de quien disfrute de la licencia por el período correspondiente. El pago de la misma estará a cargo del respectivo empleador o EPS. El pago del salario por el tiempo parcial laborado se regirá acorde con la normatividad vigente.
- La licencia parental flexible de tiempo parcial también podrá ser utilizada por madres y/o padres que también hagan uso de la licencia parental compartida. ¿Lo sabías?
Fuente: https://www.nuevaeps.com.co/blog/esto-es-lo-que-debes-saber-sobre-la-licencia-de-paternidad